viernes, 8 de enero de 2010

REVOLCÓN EN LA PIRAMIDE DE EMPLEO EN EL SECTOR FARMACEÚTICO

Nuevamente Fabio Alberto González Salgado nos lanza oportunamente, justamente el día de Reyes unos temas candentes que replicaremos paso a paso en estos días.

Parece que llegó la hora de mostrar Lo que hemos reclamado, ya no hay tiempo para pretextos va eso y no solo con el Empleador a priori sino todo el sector para con Nosotros Mismos, Los Regentes de Farmacia.

Y es que la entrada en funcionamiento en firme" de los estándares para la Implementación del Sistema de Gestión del Servicio Farmacéutico, Establecido por el decreto 2200 de 2005, y Resoluciones 1478 y 1043 de 2006 y 1403 de 2007, en Especial A lo que corresponde al Recurso Humano "(1) pondrá a más de una empresa ante la espada y la pared para con las Instancias de control del Ministerio de Protección Social.

A la vez, las universidades, las certificadas para Formar Regentes de Farmacia Deben cerrar filas y Presionar para que sus egresados actuales y futuros Tengan un trato salarial y de consideración al OPTAR por las plazas por CUBRIR. Los Regentes A su vez no podemos aceptar un trato igualitarista o de poco Reconocimiento Cuando hay una normativa que nos ampara. No podemos regalar nuestra cualificación por ello hay otro tema: La necesidad de organizarnos profesionalmente en las Asociaciones Regionales y el Colegio Nacional, es un imperativo. Fabio Albero González Salgado lanza un claro mensaje "El 31 de diciembre venció el Plazo que autorizaba recurso humano que estuviera en Proceso de formación como responsable de los servicios ... " Desde hace 7 días la norma fija Estos límites PARA CUALQUIER Empleador:

A partir del 1ro de enero el Requisito es el siguiente y cito en extenso a mi colega Cuando Siguiendo el espíritu de la norma escribe:

Farmacias - Droguerías: QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA como Director Técnico

Droguerías: QUÍMICO FARMACEÚTICO,REGENTE DE FARMACIA o expendedor de medicamentos, si se expenden medica mentos de especial de control, el expendedor de medicamentos Debe acreditar formación como auxiliar en servicios farmacéuticos.

Si la droguería dispensa medicamentos a los Pacientes ADSCRITOS SGSSS solo al Pueden ser Directores Técnicos QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA, como si También Se realizan Procedimientos de glucometría portátil.

Depósitos de Drogas: QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA

Central de Preparación: QUÍMICO FARMACEÚTICO, REGENTE DE FARMACIA en preparaciones magistrales no estériles, no se aceptan otro tipo de profesionales en los procesos de producción, adecuación o preparación, Ni siquiera auxiliares en servicios farmacéuticos.

Servicio Farmacéutico de Baja Complejidad dispensación ambulatoria : QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA, con el apoyo de auxiliares en servicios farmacéuticos, no se aceptan auxiliares de droguería o auxiliares en farmacia y droguería, Deben Tener el nuevo perfil en formación por competencias laborales (Decreto 3616 de 2005). Un QUÍMICO FARMACEÚTICO puede coordinar un máximo 5 farmacias de la misma empresa, y siempre CUANDO EN CADA UNA esté dirigida por un REGENTE DE FARMACIA.

Servicio Farmacéutico de Alta y Mediana Complejidad: Dirección Técnica de un Químico Farmacéutico, con el apoyo de Regentes de Farmacia y auxiliares en servicios farmacéuticos.

Prohibición de Designación: Se prohíbe la Dirección Técnica por parte de un auxiliar en servicios farmacéuticos en aquellas zonas donde se dispone de recurso humano idóneo, en la actualidad son pocas las zonas del país donde no hay o Químicos Farmacéuticos Regentes de Farmacia.

Las Asociaciones de Regentes, en donde existan, la Asociación Colombiana de Programas de Tecnología de Regencia de Farmacia (ACOPTERFAR) Deben, reitero, unir esfuerzos para que ganen el espacio Ley de los Regentes de Farmacia con sus colegas mayores los Químicos en Farmacia. Hay que presionar a la burocracia de todo el país para que desde su hacer de vigilancia y control exijan el cumplimto a través de un derecho de petición.

Ya terminados los plazos no hay excusas, sancionar a quien no deben cumpla, y nosotros como ciudadanos podemos exigir derechos por el cumplimiento de la ley, sentencia claramente EL NOTICIERO REGENTE

No más Regentes de Farmacia con cargos y salarios de auxiliares

NO PRESTEMOS O ALQUILEMOS NUESTRO TÍTULO. HACER ESO ES NEGARNOS COMO PROFESIONALES Y NEGARLE EL ESPACIO DE TRABAJO A UN COLEGA.

Fuerte este Revolcón en el ámbito profesional, hagamos nosotros lo que tenemos que hacer. Exijamos a los otros lo que ellos DEBERÁN hacer. No esperemos que todo venga solo, no regalemos nuestro trabajo. (1) Ver González Salgado, Alberto en su NOTICIERO REGENTE del 6 de enero del 2010

TF Aura María Portilla