domingo, 18 de abril de 2010

INCONSTITUCIONAL LA EMERGENCIA SOCIAL


Por: Redacción Judicial / Elespectador.com
La Corte Constitucional declaró inexequible la emergencia social decretada por el gobierno en diciembre pasado.

Así lo decidió la Corte Constitucional.




La Corte Constitucional declaró inexequible la emergencia social convocada por el Gobierno Nacional en diciembre de 2009, mediante el decreto 945 del año anterior. De esta manera, quedó sin sustento jurídico la reforma a la salud impulsada por el Ejecutivo.

El Alto Tribunal consideró que no había amenaza al orden económico, social o ecológico que consagra la Carta Política de 1991 como requisitos para decretar el estado de excepción, que le permite al Gobierno asumir la labor legislativa que le corresponde al Congreso.

De esta manera, la Corte Constitucional determinó el carácter de inexequebildad que tienen todos los decretos que con fuerza de ley emitió la Presidencia, toda vez que la plataforma jurídica a través de la cual los redactó carecía de sustento constitucional.

La mayoría de los magistrados respaldó la postura del magistrado sustanciador, Jorge Iván Palacio Palacios, quien consideró que no había ningún hecho sobreviniente de la aludida vulnerabilidad del Estado, y de ahí su ponencia, pidiendo la declaratoria de inconstitucionalidad.

El mismo Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, coincidió con esa conclusión, al sugerir la declaratoria inconstitucional de la emergencia social, amparado en el mismo argumento esgrimido por Palacio en su ponencia.

A esta hora, los nueve integrantes de la colegiatura continúan reunidos en Sala Plena, en el propósito de detrminar si es viable o no diferir los efectos del fallo, cuyo objeto sería permitir una vigencia perentoria de algunas disposiciones, que le darían un tiempo al Gobierno Nacional para acudir a nuevos mecanismos para reformar el sector salud.

Fuentes cercanas al Ministerio de la Protección Social consultadas por ElEspectador.com aseguraron que las disposiciones que se mantendrían serían el cobro de impuestos adicionales al cigarrillo, la cerveza y los juegos de azar y aquel que le otorgó nuevas facultades a la Superintendencia de Salud para intervenir en entidades prestadoras de servicios médicos.

La validación de ese mecanismo por parte de la Corte no significa la exequibilidad de algunos de los decretos que, al no contar con una plataforma válida a los ojos de la Carta Política, carecen también de constitucionalidad. Lo que estaría en juego sería el momento exacto en el que empezaría asurtir efecto la decisión de la Corporación de declarar inexequible la emergencia.

Redacción Judicial / Elespectador.com | Elespectador.com

EDICIÓN ESPECIAL: LO QUE QUEDÓ EN LA REFORMA AL SISTEMA DE SALUS NORTEAMERICANO. Virtudes y defectos. Lecciones para Colombia

OBSERVAMED nos remite el último BOLETIN ESPECIAL escrito por Tatiana Samay Andia Rey
Consultora de Asuntos Económicos y Propiedad Intelectual
Observatorio del Medicamento - Federación Médica Colombiana


Tomado de http://www.kaiserhealthnews.org/Cartoons/2010/April/States-Right.aspx


El pasado 21 de marzo de 2010 fue aprobada en el Congreso de los Estados Unidos la ley que reforma el sistema de salud, titulada “The Patient Protection and Affordable Care Act”.

La forma en la que el proyecto de ley fue aprobado causó bastante controversia ya que de los 219 votos a favor (frente a los 212 en contra) no hay ni un solo voto republicano[1]. Esta polarización podría entorpecer la agenda futura del gobierno en este tema si, como algunos analistas lo han sugerido[2], los representantes republicanos consiguen influenciar a la Corte Suprema para que declare inconstitucional la ley. (leer más en)


LA PIEZA PERDIDAD EN EL MODELO DE PRÁCTICA DE FARMACIA

Durante la reunión de medio año de la American Society of Health-System Pharmacists (ASHP) en Diciembre del 2009, se presentaron los resultados de la encuesta nacional sobre la práctica de farmacia. Aproximadamente 2000 hospitales respondieron a las preguntas sobre monitoreo de pacientes y educación.

La encuesta además midió la adherencia a la ASHP 2015 Iniative, la cual busca ayudar a los sistemas de salud a alcanzar la visión grupal de la práctica de Farmacia.

Más información en el siguiente enlace:http://redsaf.org/blog/?p=171

Saludos cordiales
Q.F. Aldo Alvarez Risco
Red Sudamericana de Atención Farmacéutica
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